FUTBOL

El Tribunal falló en favor de Tiro en el partido suspendido ante Nápoli por falta de policía adicional



El Tribunal de Disciplina de la LChF dispuso dar por ganado a Tiro Federal el partido de primera división, suspendido de la 3ra fecha de la zona Norte del Apertura, que se suspendió por falta de servicio policial ante Nápoli Argentino.

En un largo exordio el cuerpo encabezado por el Dr. Eduardo Isasi tras analizar el descargo del club de Ranelagh, y el informe que el propio Tribunal le solicitó al responsable de la Comisarìa 2da de Berazategui con jurisdicción sobre la cancha de Nápoli Argentino para que le comunique si este club, además de solicitar el envío de 4 efectivos, abonó el servicio policial requerido y si el día de 2 de abril con motivo del encuentro a disputarse, se hizo presente en el Estadio un solo efectivo policial.

Que también se solicitó a la Comisaría de la jurisdicción, informe si en caso de haberse solicitado y contratado el servicio de seguridad policial, indique los motivos por los cuáles el personal policial no se hizo presente a las 16.30 hs (horario fijado para el inicio del cotejo) en el Estadio del Club Nápoli Argentino.

Las respuestas del jefe policial en relación a los requerimientos formulados tuvieron como respuesta la palabra “negativo”, acotándose desde el Tribunal que en el descargo de Nápoli si bien existe nota elevada a la Policía y con un sello de recepción de la fuerza, además de un sello identificatorio de la Seccional de la jurisdicción, no contiene fecha de recepción, ni firma identificatoria de quien la recibió.

El cuerpo punitivo seguidamente expresa  que tanto el reglamento del torneo como la ley 11.929 de Violencia en el Deporte, en su decreto Reglamentario dispone la responsabilidad del organizador en materia de contratación de policial.

En tal sentido para el los miembros del Tribunal de Penas “de las pruebas acumuladas y las que le fueran solicitadas al responsable policial de la jurisdicción, surge sin hesitación que el responsable de la organización, es decir el Club Nápoli Argentino, no solicitó el servicio de policía adicional, ni abonó el mismo (esto último por la propia manifestación expresada en su descargo) y corroborada por la autoridad policial”.

En el descargo la dirigencia de Nápoli, “reconoce que no existe comprobante de pago”, pretendiendo justificar esa situación “aduciendo que ello es así porque el servicio no se llevó a cabo”. En ese sentido el Tribunal recordó que “el pago del servicio adicional de policía debe efectuarse con anterioridad a la fecha pactada para el encuentro, lo que le hubiera posibilitado reclamar si el personal policial no se hacía presente”.

Asimismo en otros de los considerandos se remarca que “el atraso del inicio del encuentro no encuentra sustento para despojar al Club Nápoli Argentino de responsabilidad que, de haber solicitado y contratado el servicio policial, éste debía presentarse antes de las 16.30, hora pactada como inicio del encuentro, sin que importara si luego había retrasos motivados por un partido anterior”.

Otro punto que se destaca que “el accionar del árbitro del encuentro en cuánto a la suspensión del mismo por falta de seguridad policial, se ajusta a los Reglamentos y normas aplicables”.

Es entonces que “en base a lo expuesto, la apreciación de los hechos descriptos y la irrefutable prueba colectada que demuestra el incumplimiento del Club Nápoli Argentino, al no solicitar, ni contratar en tiempo y forma el servicio de policía exigido reglamentariamente”, el Tribunal dictamina que “corresponde darle por perdido el encuentro que debió disputarse el 2 de abril contra el Club Tiro Federal (Art. 106 inc.n del R.T y P., Capítulo IX, 39 inc. a) Reglamento Campeonato Apertura 2023 LCHF)”.

Asimismo se dispone que “corresponde dar por ganado el encuentro al Club Tiro Federal por 1 gol a 0, otorgándole 3 puntos que deberán computarse en la Tabla General (Art. 152 R.TyP)”.

En tal sentido la parte resolutiva del fallo es el siguiente.

“Artículo 1°: Dar por perdido al Club Nápoli Argentino el partido de Primera División que debió disputar contra el Club Tiro Federal el 2 de abril de 2023 en su Estadio, por no contratar servicio policial para mantener el orden y la seguridad (Art. 106 inc. n), 287 R.T y P, Capítulo IX, 39 inc. a) del Reglamento Campeonato Apertura 2023 LCHF).

Artículo 2°: Dar por ganado al Club Tiro Federal el encuentro de Primera División que debió disputar el 2 de abril de 2023 con el Club Nápoli Argentino, en el Estadio de éste último, con un resultado a su favor de 1 gol a 0 , adjudicándole 3 puntos que deberán computarse en la Tabla General (Art. 152 R.TyP).

Artículo 3°: Regístrese, comuníquese a los Clubes involucrados, a la Liga Chascomunense de Fútbol. Cumplido, archívese”.

SANCIONES DE UN PARTIDO A LOS EXPULSADOS EN 1RA
En materia de jugadores expulsados aplicó una fecha de suspensión a los expulsados el pasado fin de semana.

Los sancionados son Gerardo Santiago Cabral (Tiro Federal), Nicolás Tejera (El Indio), Bautista Villa y Facundo Chanes (Club Belgrano).

En cuanto al reclamo de Lefu Club por el partido de la segunda fecha ante Pila por el árbitro Juan Manuel Cerdá dispuso archivar las actuaciones.

También de un partido son el resto de las sanciones a los jugadores suspendidos en la demás división.

Recibieron dos partidos Thomas Alvarez de la 3ra de El Indio y Tomás Benítez de la 4ta de Tiro Federal.

En el femenino, las jugadora Catalina Pucheta fue sancionada con tres fechas.