FUTBOL

El Salado se olvidó de avisar a la policía la fecha de reprogramación de la revancha de cuartos de final y la UVE ganó los puntos

El Tribunal de Disciplina de la LCHF dio en un fallo que se conoció el martes a última hora por perdido por 1 a 0 a El Salado el partido desquite de los cuartos de final del torneo Clausura de 1ra división que debía jugarse el pasado lunes 20 en su cancha ante la UVE, por no contar con servicio policial para mantener el orden y la seguridad (Art 106 inc n) RTyP, Capítulo IX 39. Reglamento Campeonato Clausura 2023 LCHF.

El Salado admitió que está en un proceso de recambio de comisión y por un error, en razón que el partido fue suspendido por lluvia el domingo 12 y reprogramado para el lunes 20, como el servicio adicional de 8 efectivos estaba pagado para el domingo 12 en el que el encuentro se suspendió, no avisó a la policía de la nueva fecha dando por sobre entendido que esta tomaría conocimiento del tema.

Cuestión que no fue así, por lo cual la policía al no ser informada no concurrió a prestar el servicio adicional.

Con lo cual el club verdolaga perdió los puntos y quedó eliminado. La UVE que ya había ganado la ida 2-0 de local, ahora definirá el pase a la final con El Indio de Brandsen.

EL FALLO COMPLETO

Chascomús, 21 de noviembre de 2023.

TRIBUNAL DE DISCIPLINA

BOLETIN 032

FALLO DICTADO POR EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL DIA MARTES 21/12/2023

VISTO,

que el 12 de noviembre de 2023 debió jugarse el partido de Primera División entre el Club El Salado vs. Unión V. Etcheverry, el que luego fue reprogramado por cuestiones climáticas, para el día 20 de noviembre y,

CONSIDERANDO:

Que el árbitro designado manifiesta en su informe que “al momento de iniciar el encuentro, se advirtió la ausencia de personal policial necesario para brindar seguridad al partido, dicha situación se le comunicó al club local y se le dio un tiempo prudencial para que actuara”.

Que continúa diciendo “Siendo las 16.45 hs se presentó un móvil policial con un efectivo………y nos comunicó que desconocía si se presentarían más efectivos”.

Que cierra su informe manifestando que “A las 17.15 hs, tras hablar con varios dirigentes del club local y agotar todas las instancias, decidí dar por suspendido el encuentro por falta de efectivos policiales”.

Que a fines de no afectar el derecho de defensa, se dio traslado del informe arbitral al Club El Salado para que efectuara su descargo, quien presentó el mismo en tiempo y forma.

Que el Club El Salado manifiesta estar atravesando un proceso de transición de comisión de la institución y eso los llevó a un error involuntario.

Que creyeron que por estar realizado el pago del servicio de la policía para la fecha suspendida por mal tiempo, la nota de solicitud estaba en las condiciones correspondientes.

Dicho suceso fue realizado por la comisión saliente.

Que solicita una reprogramación, se ofrece a solventar los gastos de la misma y acompaña como prueba de sus dichos copia de actas y convocatoria a asamblea extraordinaria.

Que el Reglamento de la Liga Chascomunense de Fútbol para el Campeonato Clausura 2023 establece en su Capítulo IX, que es responsabilidad del Club que actúa como local “La contratación del servicio policial en todos los partidos de Primera División suficiente para mantener el orden y la seguridad tanto en las inmediaciones como en los accesos y dentro del estadio, dentro del campo de juego, en la zona de vestuarios, en las boleterías, en la sala de recaudación, etc.”.

Que la ley 11.929 de Violencia en el Deporte en su Decreto Reglamentario, dispone la responsabilidad del organizador y que respecto a las medidas de seguridad serán de aplicación las normas que disponga la policía para el montaje del servicio y que la cantidad de efectivos a designar es resorte policial, aplicándose el sistema de policía adicional.

Que en la nota acompañada como prueba de que se había solicitado y abonado el servicio policial, surge claramente que el servicio adicional de 8 efectivos se solicitó para el partido que debía disputarse el 12 de noviembre con el Club Unión Vecinal Etcheverry.

Que como reconoce el propio Club imputado, el encuentro no se llevó a cabo por mal tiempo y el mismo fue reprogramado para el día 20 de noviembre de 2023.

Que la policía para prestar su servicio en la nueva fecha programada, debió ser notificada por el Club organizador, dado que resulta imposible que la misma se anoticie de una reprogramación de la Liga Chascomunense si no es informada en tiempo y forma para que preste el servicio de seguridad.

Que el argumento que esgrime el Club organizador de que están atravesando un proceso de transición y cambio de su Comisión Directiva no puede ser atendido, ni los exculpa de su responsabilidad.

Que la nota del 6 de noviembre de 2023 enviada al Jefe de Estación solicitando el servicio de policía adicional para el partido que debió jugarse el 12 de noviembre, está firmada por el actual Presidente del Club El Salado y él mismo u otro miembro responsable de Comisión debió informar a la policía del cambio de fecha y la presencia de personal policial.

Ello así, pues no es atendible el proceso de transición que esgrimen y que el suceso fue realizado por la Comisión saliente, dado que la Asamblea para renovación parcial de miembros de Comisión está pautada para el 30 de noviembre de 2023.

Que el Club organizador debió notificar a la autoridad policial el cambio de programación, por lo que no puede esgrimirse como argumento que se encuentran en un cambio parcial de Comisión Directiva, dado que sus actuales miembros deben conocer el procedimiento y, si tenían dudas, debieron buscar asesoramiento en la Liga Chascomunense de Fútbol.

Que en cuanto a lo manifestado en el descargo y sus distintas consideraciones, no encuentra sustento para despojar al Club El Salado de responsabilidad por no haber solicitado –ante la reprogramación-, el servicio de policía adicional, teniendo en cuenta su calidad de organizador del encuentro deportivo.

Que el accionar del árbitro del encuentro en cuánto a la suspensión del mismo por falta de seguridad policial, se ajusta a los Reglamentos y normas aplicables.

Que en base a lo expuesto, la apreciación de los hechos descriptos y el propio reconocimiento del Club El Salado que no solicitó en tiempo y forma para el encuentro reprogramado para el 20 de noviembre de 2023, el servicio de policía adicional exigido reglamentariamente, corresponde darle por perdido el partido de Primera División que debió disputar en la fecha indicada con el Club Unión Vecinal de Etcheverry (Art. 106 inc. n) del RTyP, Capítulo IX. 39 Reglamento Campeonato Clausura 2023 LCHF).

Que corresponde dar por ganado el encuentro al Club Unión Vecinal de Etcheverry, por 1 gol a 0 (Art. 152 RTyP).

Por ello, EL TRIBUNAL DE PENAS DE LA LIGA CHASCOMUNENSE DE FUTBOL RESUELVE

ARTÍCULO 1°: Dar por perdido al Club El Salado el partido de Primera División que debió disputar con el Club Unión Vecinal de Etcheverry el 20 de noviembre de 2023 en su Estadio, por no contar con servicio policial para mantener el orden y la seguridad (Art. 106 inc. n) RTyP, Capítulo IX. 39 Reglamento Campeonato Clausura 2023 LCHF).

ARTÍCULO 2°: Dar por ganado al Club Unión Vecinal de Etcheverry el encuentro de Primera División que debió disputar el 20 de noviembre de 2023 con el Club El Salado en el Estadio de éste último, con un resultado a su favor de 1 a 0 (Art. 153 RTyP).

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese a los Clubes El Salado y Unión Vecinal de Etcheverry, a la Liga Chascomunense de Fútbol y a las distintas Asociaciones de Ärbitros. Cumplido, archívese.