El juez Cazeaux decretó la extinción de la acción penal de Arrix contra David, Casullo y Planes por paso del tiempo
El juez de Garantías Mariano Cazeaux decretó la extinción de la acción penal por supuesta estafa millonaria del tesorero del Club Deportivo Chascomús, el contador Alberto Martín David, a su ex clienta María Esther Arrix, por prescripción, por el paso del tiempo, no por inocencia.
Al respecto, Pato David comentó en sus redes sociales, acompañando el posteo con documentación, lo siguiente:
“SOBRESEIMIENTO!!!
Teniendo paciencia las cosas se van ordenando…
En el dia de la fecha y siguiendo los lineamientos de la resolucion de camara del pasado mes de agosto, que hizo fuertes cuestionamientos a la investigacion, decreto la nulidad de la resolucion de la jueza Hachmman y la desplazo del caso…
el nuevo juzgado dio por extinguida la.accion penal y dicto mi sobreseimiento y el de mis supuestos participes.
Gracias a todos los que a pesar de tanta estupides y delirio dicho acompañan siempre🥰”.
Por lo pronto, fuente judicial le comentó a El Suplente: “Le faltaron párrafos importantes (a David en su posteo). Es decir no es que es inocente, sino que transcurrió el tiempo según la resolución de primera instancia. El juez decretó la extinción de la acción penal por prescripción, es decir por el paso del tiempo”.
Luego, el consultado añadió: “O sea en la misma resolución el juez dice que había elmenentos de prueba contra ellos, pero que no se hizo nada en La Plata y cuando llegó a Dolores ya estaba prescripta la acción por el paso del tiempo. La prescripción no es una declaración de inocencia, solo implica que no se puede proceder por el paso del tiempo”.
Es para destacar que los abogados de Arrix e incluso la fiscalía pueden apelar la decisión de Caseaux, aunque el experto aseveró “no sé si lo harán porque la Cámara por algo reenvío a la instancia de origen. Y no le alcanzó con que Hachmann dijera que la acción no estaba prescripta”.
Vale recordar que en su momento, la fiscal de la UFI 9 de Chascomús, Daniela Bertoletti Tramuja, solicitó elevar a juicio a David imputado como “autor responsable” en el delito de “defraudación por administración fraudulenta”.
Misma suerte corrieron Casullo y Planes, ambos como “participes necesarios”, no así Ana María Sposito y Luis Alberto Grisolía, esposa y apoderado de Planes, para los cuales Bertoletti Tramuja solicitó el sobreseimiento.
Y la jueza de Garantías, como pidió la fiscal, María Fernanda Hachmann decidió elevar a juicio a David, Casullo y Planes, lo que fue apelado por la defensa de los procesados.
En su intervención, la Cámara de Apelaciones de Dolores no resolvió la cuestión de fondo, lo reenvió al Juzgado de Garantías, que elevó a juicio con la fundamentación necesaria, pero no resolvió un pedido de nulidad que había hecho la defensa sobre un informe y tampoco lo hizo de forma total sobre la prescripción.
Y ahora, Cazeaux, que tomó el lugar de Hachmann, decretó la extinción de la acción penal por prescripción.