Pato David y compañía inhibidos por la jueza Hachmann

La jueza de Garantías María Fernanda Hachmann resolvió decretar la inhibición general de bienes de los co imputados en la causa por supuesta estafa de 6 millones de dólares a la vecina chascomunense María Ester Arrix, entre los que se encuentran el tesorero y presidente del Club Deportivo, Alberto Martín David y Juan Augusto Casullo, procesados como “autor responsable” y “partícipe necesario” respectivamente en el delito de “defraudación por administración fraudulenta”. Junto a Pato David, ex contador de la denunciante, y Casullo, la inhibición también alcanzó a los restantes “participes necesarios”: Luis Planes, su esposa Ana María Sposito y Luis Alberto Grisolía. Misma suerte corrió Haras del Sur SA, “ello por cuanto mediante la intervención y uso de la sociedad anónima se ha posibilitado llevar adelante las maniobras defraudatorias que se les endilgó a los co imputados en autos”. De esta manera, suponiendo que Hachmann no le dio lugar al pedido de prescripción solicitada por la defensa de David y a la espera si prosperó el pedido de detención del contador requerido por los apoderados de Arrix a la fiscal Daniela Bertoletti ante la vinculación judicial y mediática del tesorero del Depor con banda a la que habría comprado servicios e influencias en pos de lograr impunidad, los involucrados en esta causa que está por cumplir 8 años quedaron inhibidos por dos jueces, uno en el fuero civil y en este caso, en el penal. El detalle, a continuación: 1.- DECRETAR LA INHIBICION GENERAL DE BIENES en relación a los co imputados PLANES LUIS titular del DNI 5.210.967 hijo de Rosa Ana Castells y Héctor Luis Planes, Luis A. Grisolía titular del DNI 12.141.292 hijo de Angela Rodriguez y Genaro Grisolía, Casullo Juan Augusto titular del DNI 21.446.071 hijo de Carmen Gonzalez y Juan Gilberto Casullo, Sposito Ana María titular del DNI 5.654.621, y Alberto Martín DAVID titular del DNI 26.318.534, en el marco de la presente Investigación.- 2.- DECRETAR LA INHIBICION A LA SOCIEDAD ANONIMA HARAS DEL SUR S.A. CUIT 30-63461163-7 por los motivos dados en el interlocutorio.- Resolución Judicial Nro. IP 03-01-001964-19 /////lores, 05 de Febrero de 2021.- AUTOS Y VISTOS: Para resolver la presentación electrónica de la Fiscalía interviniente acompañando la petición formalizada por el letrado del particular damnificado en los actuados, presentación que se recibió en fecha 28 de enero de 2021, y que a criterio de este Magistrado no resulta presentación que habilite la feria judicial.- CONSIDERANDO: 1.- Ha solicitado la denunciante Arraix, a través de la presentación de su letrado, y que acompañara la Sra. Agente Fiscal, el que se dicten medidas cautelares patrimoniales en relación a los imputados en esta Investigación, como también en relación a la sociedad anónima HARAS DEL SUR S.A.- Para ello ha aportado los datos correspondientes a la persona jurídica al igual que ha brindado fundamentos acabados que sustentan la petición.- Por su parte la Sra Agente Fiscal interviniente acompaña el pedido, re editando los fundamentos del letrado del particular damnificado, los que por razones de economía procesal hago míos.- 2.- Surge de las diversas constancias arrimadas, y en particular de los llamados a prestar declaración en los términos del art. 308 del ritual bonaerense, que los imputados Alberto Martín David, Luis Máximo Planes, Ana María Spósito, Luis Alberto Grisolía y Juan Augusto Casullo los que fueran debidamente convocados a prestar declaración con esos alcances, ello conforme las pautas del ritual bonaerense y la actual situación sanitaria.- ÑEÌ# $